Desde FDAPA Málaga te orientamos en todo el proceso para constituir el AMPA de tu centro educativo y registrarla correctamente en la Junta de Andalucía.
Comenzar la guíaReúne al menos a 3 personas (padres/madres) para formar la Junta Directiva inicial y firmar el Acta Fundacional.
Redactad y aprobad los Estatutos por los que se regirá la asociación, adaptados a la normativa andaluza vigente.
Inscripción en el Registro de Asociaciones de Apoyo a la Enseñanza de la Junta de Andalucía mediante certificado digital.
Solicita el Número de Identificación Fiscal (NIF/CIF) en Hacienda (Modelo 036) para poder operar legalmente.
Crear un AMPA no debería ser solo "hacer papeles". Antes de constituirla, merece la pena hablar con varias familias y reflexionar sobre los siguientes puntos clave.
Reflexionad sobre los siguientes puntos:
Hacen falta varias personas fundadoras. Lo recomendable es empezar con al menos tres perfiles claros que entiendan su papel:
Antes de redactar los estatutos, escribid de forma sencilla para qué queréis crear el AMPA. Por ejemplo: representar a las familias, organizar extraescolares, mejorar la comunicación o impulsar proyectos de convivencia.
Se requiere un mínimo de tres personas físicas (padres, madres o tutores legales de alumnos del centro) para constituir la Junta Directiva fundacional: un presidente/a, un secretario/a y un tesorero/a.
El Registro de Asociaciones de Apoyo a la Enseñanza suele tardar entre 1 y 3 meses en emitir la resolución de inscripción, siempre que la documentación aportada (Estatutos y Acta) esté correcta.
El paso inmediato tras la asamblea es solicitar el NIF provisional en la Agencia Tributaria (Modelo 036). Al no tener ánimo de lucro, el AMPA está exenta de la mayoría de impuestos, pero debe tener su CIF para abrir cuentas bancarias y solicitar subvenciones.
Para garantizar el correcto funcionamiento y reflejar la imagen fiel de la asociación, una AMPA necesita mantener actualizados los siguientes registros:
Las cuotas constituyen la forma habitual de ingresos para el sostenimiento ordinario de la asociación. Podéis estructurarlas de diversas maneras según las necesidades de vuestro centro: cuota única anual por familia, cuotas fraccionadas (trimestrales), cuotas por alumno o tarifas adaptadas al número de hijos. A efectos fiscales, si la cuota se abona para el funcionamiento general sin recibir un servicio directo a cambio, se considera renta exenta y no está sujeta a IVA. En cambio, si la cuota financia un servicio o taller específico, se trataría de una renta no exenta.
Sí, es totalmente recomendable y necesario. La contratación de un Seguro de Responsabilidad Civil protege a la junta y a la asociación ante posibles reclamaciones de terceros derivadas de vuestras actividades. Las AMPA socias de FDAPA Málaga ya cumplen con este seguro Obligatorio incluido en el pago de su cuota de socias (para su activación es necesario comunicar las actividades antes de su ejecución en: Notificación de Actividad al Seguro). Asimismo, si contáis con la colaboración de personas voluntarias en vuestros proyectos o actividades, la Ley de Voluntariado exige obligatoriamente la suscripción de un seguro de Accidentes y Enfermedad que las proteja durante el ejercicio de su labor.
Para realizar una renovación o cambio de los miembros de la Junta Directiva, se debe convocar una Asamblea General donde se vote y apruebe la nueva composición. Este acuerdo debe registrarse de forma obligatoria en el Libro de Actas. Posteriormente, se debe presentar de manera telemática el acta de modificación ante el Registro de Asociaciones de la Junta de Andalucía. Este paso es fundamental, ya que para tramitar el Certificado Digital de Persona Jurídica (necesario para relacionarse con la administración) la FNMT os exigirá el documento registral oficial que acredite el nombramiento del nuevo presidente o presidenta junto con su DNI.
Desde la Federación os ofrecemos asesoramiento jurídico, revisión de borradores de estatutos, ayuda en los trámites telemáticos y formación continua para la futura Junta Directiva.